“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el
equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra
prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.”