Sucesión + Venta

Simplifique sus trámites

Tasamos, nos ocupamos de la Sucesión y Vendemos su propiedad en una sola gestión.

Para más información déjenos su consulta:

Pague SÓLO al vender su inmueble!

Al momento de heredar inmuebles el patrimonio se acrecienta, sin embargo, legalizar el bien, el trato con distintos profesionales por la sucesión, las tasaciones e inscripciones más los costos asociados a todas las gestiones, suelen ser inconvenientes que surgen antes de haber obtenido el importe de la venta de la propiedad.

Con Key Propiedades evite gastos previos y adelanto de honorarios.
SOLO PAGUE  AL VENDER SU INMUEBLE.

Nos ocupamos de la sucesión y de la venta.

Unificar las gestiones con Key Propiedades le significará:

  1. Tramitar su sucesión sin inversión previa
  2. Rapidez en los procesos
  3. Simpleza en los trámites
  4. Economía en el desembolso final
  5. Tratar con un solo Profesional

¿Dudas?

Inicio de la Sucesión

La voluntad de un solo heredero alcanza para iniciar el trámite sucesorio, aunque debe denunciar la existencia de otros herederos y acompañar la documentación requerida. En caso de haber más de un bien, se puede iniciar la sucesión e inscribir el bien a vender y luego ir inscribiendo los bienes restantes en la medida que se disponga.

Tiempos de Gestión

Una vez presentado el escrito acompañado con la documentación, los tiempos habituales suelen ser de entre 4 a 6 meses. Estos varían dependiendo sobre todo, si la operatoria es compleja o el juzgado en que tramite.

Documentación Necesaria

  • Partida de defunción original
  • Partida de nacimiento de hijos vivos
  • Partida de defunción de cónyuges e hijos fallecidos si correspondiere
  • Títulos de propiedad de bienes registrables
  • Informe de dominio de los bienes a transmitir
  • Otra documentación necesaria dependiendo de cada caso

Gastos de la Sucesión, Bono, Tasas Edicto, etc.

En nuestro caso NINGUNO.

Quedaría a coordinar, el pago de la Tasa de Justicia.

Esta es para los inmuebles en Capital Federal del 1,5% más el 10% de sobretasa y del 2,2% más el 10% de sobretasa en Provincia; ambas sobre la Valuación Fiscal.

Para el caso de acciones, automotores, bóvedas y otros, se establece mediante otros medios.

Honorarios de la Sucesión e Inmobiliarios.

Le ofrecemos unificar  los costos y honorarios en un solo precio a ser abonado en la venta de los bienes una vez realizada la sucesión.  Puntualmente en el acto de escrituración.

Incluye los costos generados por la iniciación de la sucesión, Bono, Edictos,  Certificados, inscripciones, tramitaciones, honorarios por la sucesión y honorarios por la comercialización de la/s propiedad/es.

Le ofrecemos, comodidad, economía,
celeridad  y profesionalidad.

“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.”
Call Now Button